Proponen que titulares de Obra Pública en ayuntamientos de Puebla estén titulados

La diputada local por Morena, Ruth Zárate, presentará la iniciativa para terminar con la designación improvisada de directores de Obra Pública en los ayuntamientos.


Política

La diputada por Morena, Ruth Zárate Domínguez, presentará la iniciativa para terminar con la designación impada de directores de obra pública en los ayuntamientos, a fin de que se les exija el tener el título profesional con una carrera a fin.

En entrevista, la legisladora señaló que la dirección de obras es una de las áreas que más se ambicionan al inicio de una administración, pero al concluir es la más cuestionada por la mala calidad de las obras, ya que en muchas ocasiones "se pone al compadre, al amigo, pero sin experiencia".

Zárate Domínguez expuso que, para realizar la planeación, ejecución, supervisión de una obra de calidad, es necesario tener conocimiento en el área de construcción y de la normativa aplicable, como leyes y reglamentos.

Indicó que un profesional de la construcción cuenta con las bases educativas y conocimientos en la normativa para crear y desarrollar proyectos que beneficien a la comunidad. Que el titular de la Dirección de Obra cuente con el título y cedula profesional garantiza, el conocimiento académico y da seguridad a los ciudadanos de las obras que se realizan, reiteró. 

“El conocimiento académico respaldado por un título y la experiencia práctica que conlleva la obtención de una cédula profesional garantizan que el director de obra esté calificado para supervisar proyectos de construcción de manera efectiva”.

Precisó que al tener un título y una cédula profesional, el director de obra asume una responsabilidad ética y legal por el trabajo que realiza. Esto implica que debe cumplir con altos estándares de conducta profesional y asumir la responsabilidad de cualquier problema que pueda surgir durante el proceso de construcción,

Insistió en que contar con credenciales académicas y profesionales aumenta la credibilidad del director de obra ante los ciudadanos, los contratistas y las autoridades municipales.

La Reforma

ARTÍCULO 121: Para ser Titular de las dependencias o entidades de la Administración Pública Municipal, se requiere ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, preferentemente habitante del Municipio, de reconocida honorabilidad y aptitud para desempeñar el cargo, y en su caso, reunir los requisitos establecidos para el servicio civil de carrera.

El titular de la Dirección de Obras Públicas deberá contar con título profesional legalmente expedido y Cedula profesional, a fines a la naturaleza del cargo y con una antigüedad mínima de un año al día de su designación.

Para cualquier otro cargo, en caso no contar con la documentación antes referida, será necesario tener experiencia acreditada en el ramo, a juicio de quien se encuentre facultado para nombrarlo.

Por Francisco Sánchez Nolasco

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